Audiencia Nacional y Tribunal Constitucional.

Wednesday, October 11, 2006

Comentario sobre un hecho de la audiencia nacional y tribunal constitucional.

Silvia Berenguer Micó A.D.F.I. 29/09/06 Adm. Pública

NOTICIA:
La Audiencia Nacional confirma que el 11-M fue obra exclusiva de los islamistas.

La Audiencia Nacional confirmó ayer que los atentados del 11-M fueron obra exclusiva de una célula salafista local seguidora de las directrices de Al Qaeda y consideró «perfectamente acreditada» la composición y la procedencia del explosivo que utilizaron los terroristas del 11-M, Goma 2 Eco robada de la mina Conchita. Así lo expresó la Sala de lo Penal en el auto en el que ratifica los procesamientos dictados en mayo por Juan del Olmo contra 29 implicados, que se sentarán en el banquillo en el juicio que se iniciará en febrero en el pabellón de alta seguridad de la Casa de Campo, y cuya sentencia podría estar lista para finales del 2007. El tribunal, presidido por Fernando Bermúdez de la Fuente, estima que los indicios reunidos por el juez instructor contra todos ellos son suficientes.
El asunto de los explosivos es muy importante, ya que si los terroristas del 11-M emplearon Goma 2 Eco, como reafirma el tribunal, la posibilidad de que participara ETA se diluye, ya que la banda no usa este material desde hace muchos años.

Comentario

La Audiencia Nacional tiene su sede en Madrid y ejerce su jurisdicción en toda España. Se compone de varias salas:
- Penal .
- Social.
- Contencioso-Administrativo.

El hecho del que habla este artículo pertenece a la sala Penal que se encarga de las causas por delitos como los siguientes: contra el Rey, la Reina y el Príncipe, Altos Organismos de la Nación y del Gobierno, por falsificación de moneda y delitos monetarios, tráfico de drogas o estupefacientes, delitos cometidos por bandas organizadas que produzcan sus efectos en más de una Comunidad Autónoma, así como los delitos que se hayan cometido fuera del territorio nacional.

Este artículo trata de la confirmación por parte de la Audiencia Nacional de que los explosivos usados en el atentado del 11 de Marzo en Madrid fue Goma 2 por lo que la banda terrorista ETA queda descartada como culpable del atentado, ya que esta banda no usa este explosivo.


NOTICIA:
El Supremo condena a nueve años de cárcel al ex juez Estevill.


El Tribunal Supremo condenó ayer a nueve años de cárcel por cohecho, prevaricación y detención ilegal al ex juez de Barcelona y ex vocal del Consejo General del Poder Judicial Luis Pascual Estevill, y a otros siete años de prisión por los mismos delitos al abogado penalista Juan Piqué Vidal. La sentencia ratifica casi por completo la que dictó en 2005 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
La decisión del Tribunal Supremo pone fin al proceso por corrupción judicial más importante celebrado en España y concluye que el entonces juez y el abogado "urdieron" un "insidioso plan" para extorsionar a los empresarios a los que el primero investigaba y el segundo defendía. A principios de los años noventa, los empresarios abonaron diversas cantidades de dinero al juez y al abogado para no ingresar en la cárcel o para salir al cabo de unos días de entrar.

Comentario

Tiene su sede en Madrid al igual que la Audiencia Nacional y su jurisdicción se extiende a toda España. Es el órgano judicial superior jerárquicamente al resto de los juzgados y tribunales.
Se compone de las siguientes Salas:
- Penal .
- Social.
- Contencioso-Administrativo.
- Civil.
- Militar.
El hecho del que habla este artículo pertenece a la sala Civil, que se encarga de las demandas de responsabilidad civil que se dirijan contra personas que ostentan cargos especialmente relevantes, como los siguientes: Presidente del Gobierno, Presidentes del Congreso y del Senado, Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Presidente del Tribunal Constitucional, miembros del Gobierno, Diputados y Senadores, Vocales del Consejo General del Poder Judicial, Magistrados del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, Presidentes de la Audiencia Nacional y de cualquiera de sus Salas y de los Tribunales Superiores de Justicia, Fiscal General del Estado, Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, Presidente y Consejeros del Tribunal de Cuentas, Presidente y Consejeros del Consejo de Estado, Defensor del Pueblo y Presidente y Consejeros de una Comunidad Autónoma y también contra los Magistrados de la Audiencia Nacional o de los Tribunales Superiores de Justicia por hechos realizados en el ejercicio de sus cargos.

En este caso, el Tribunal Supremo condena al juez de Barcelona a nueve años de cárcel por cohecho, detención ilegal y prevaricación. El cohecho consiste en que un funcionario público reciba o pida dinero por realizar un acto considerado como delito o por no realizar un acto que es su deber. Y prevaricación es un quebrantamiento de los deberes profesionales de un juez o magistrado.